Aunque en el municipio de Querétaro las corridas de toros están permitidas y cuentan con un reglamento vigente —actualizado en 2017 durante la administración de Marcos Aguilar—, la suspensión de la corrida programada para el pasado 30 de enero en Juriquilla obedeció a una resolución del Juez Séptimo de Distrito, Benjamín Rodríguez Cuéllar, tras la admisión de un juicio de amparo relacionado con la reglamentación de la fiesta brava.
La medida cautelar se otorgó con base en el principio de Supremacía Constitucional, al considerar el juzgador que el reglamento taurino municipal podría contravenir el artículo 4º de la Constitución, el cual prohíbe el maltrato animal y obliga al Estado mexicano a garantizar su protección, cuidado y trato adecuado, conforme a lo que establezcan las leyes.
Abogados cercanos a la fiesta brava aclararon que el amparo en contra de las corridas de toros aún no ha sido concedido en definitiva, ya que por ahora solo fue admitido a trámite; sin embargo, en la solicitud se pidió expresamente la suspensión del evento para evitar que el acto reclamado se consumara, lo que habría dejado sin materia el juicio de amparo.
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